Fecha de Publicación: 09/09/2013
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Carilla: 5

PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 8

 (Certificados y Muestras).- Cuando el oferente deba agregar en su oferta
un documento o certificado cuyo original solo exista en soporte papel,
deberá digitalizar el mismo y presentarlo con el resto de su oferta. En
caso de resultar adjudicatario, deberá exhibir el documento o certificado
original, conforme a lo establecido en el artículo 48 del TOCAF.
De ser necesaria la presentación de garantías o muestras como parte de la
oferta, las mismas se entregarán en la forma en que el organismo
contratante lo indique en la invitación a cotizar o en el Pliego de
Condiciones Particulares respectivo.
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