Fecha de Publicación: 22/07/1991
Página: 96-A
Carilla: 2

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 16

    La División Administración tendrá a su cargo: supervisar las
actividades del Departamento Financiero Contable; administrar el registro
y control de la Oficina y los servicios de Intendencia y Mantenimiento;
administrar y controlarla proveeduría de materiales; organizar y 
coordinar la administración documental.
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