Los funcionarios cuyas remuneraciones estén por arriba del promedio,
no percibirán ningún ingreso derivado del citado Fondo, los que estén
por debajo de dicho promedio, percibirán una compensación proporcionada
a la diferencia salarial que tenga con el promedio de su escalafón y
grado, pero en ningún caso esa compensación podrá implicar una
remuneración menor al porcentaje del promedio que determine el
Ministerio de Economía y Finanzas.