MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
El cálculo a "valores constantes" establecido en el artículo 169 de la ley 16.170 de 28 de diciembre de 1990, se efectuará en base a la variación del Indice Medio de Salarios de la Administración Central que lleva la Dirección General de Estadística y Censos.Ayuda