El registro de la Planilla de Control de Trabajo se realizará ante la Inspección General del Trabajo y de la Seguridad Social, o ante la Oficina de Trabajo que corresponda en el Interior, de acuerdo al lugar donde presten actividad los trabajadores involucrados.
La Planilla de Control de Trabajo se registrará en forma remota a través de la plataforma virtual que el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social establezca, y se tendrá por efectivamente registrada una vez que se encuentre aprobada por la Inspección General del Trabajo y de la Seguridad Social, quien emitirá a dichos efectos el correspondiente certificado.