Fecha de Publicación: 18/12/2025
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PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA

Artículo 50

   (Vigencia) Las disposiciones y dotaciones presupuestales del presente Presupuesto regirán a partir del 1° de enero de 2025, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 228 de la Constitución de la República.
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