Fecha de Publicación: 05/02/2025
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Carilla: 4

PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 4

   (Competencias). En el marco del cumplimiento de las acciones referidas en la normativa vigente y en el presente Decreto, son competencias de la Comisión de Análisis de Archivos Digitales (CAAD), las siguientes:
a) dictar normas técnicas y actualizar en forma periódica, el conjunto de
   requisitos mínimos considerando la evolución o adecuación de las
   buenas prácticas y recomendaciones internacionales, y aquellas que
   apruebe el Archivo General de la Nación (AGN), lo que deberá ser
   difundido.
b) colaborar para el cumplimiento de las acciones incluidas en el
   presente Decreto, a través de la elaboración de recomendaciones y
   guías, talleres de sensibilización, cursos de capacitación y
   asesoramiento, entre otros.
c) realizar un monitoreo periódico de cumplimiento de los requisitos
   mínimos.

   La Comisión de Análisis de Archivos Digitales (CAAD) se regirá por lo dispuesto en su Reglamento sobre la integración, organización y funcionamiento.
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