Fecha de Publicación: 31/05/1977
Página: 346-A
Carilla: 2

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES 

Artículo 2

   A los efectos dispuestos el Ministerio de Relaciones Exteriores 
editará una publicación conteniendo los viáticos diarios discriminados 
por ciudades cada vez que se registren variaciones. La primera 
publicación se referirá a la escala de la Organización de las Naciones 
Unidas vigente desde el 1º de abril de 1977. Los viáticos aplicables en 
cada caso serán los correspondientes a la última publicación del mes 
anterior al de la resolución que autoriza la misión en el exterior.

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