A los efectos dispuestos el Ministerio de Relaciones Exteriores
editará una publicación conteniendo los viáticos diarios discriminados
por ciudades cada vez que se registren variaciones. La primera
publicación se referirá a la escala de la Organización de las Naciones
Unidas vigente desde el 1º de abril de 1977. Los viáticos aplicables en
cada caso serán los correspondientes a la última publicación del mes
anterior al de la resolución que autoriza la misión en el exterior.