MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
Las disminuciones de las afectaciones del tributo originadas en los abatimientos de alícuotas establecidos en el presente decreto serán compensadas al organismo beneficiario con cargo a Rentas Generales de acuerdo al procedimiento establecido en el artículo 109 de la Ley Nº 18.083 de 27 de diciembre de 2006.Ayuda