Los Pliegos de Condiciones Generales y Especificaciones Particulares,
que aprueben los organismos públicos deberán incluir las medidas
necesarias a efectos de obtener en las obras viales un control, respecto
a la preservación de los suelos, tanto en lo referente a los métodos
constructivos y de mantenimiento a aplicar para el adecuado drenaje y
escurrimiento de las aguas naturales, como a la erosión del terreno.
Asimismo, deberán preverse las disposiciones necesarias que impidan la
creación de multiplicidad de canteras de extracción de manantiales.