Fecha de Publicación: 23/12/2025
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PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

Artículo 12

   ARTÍCULO 12 - Asignación extraordinaria anual - El beneficio establecido por el artículo 30 del Estatuto del Funcionario aprobado por Decreto N° 147/999, de 26 de mayo de 1999, quedará supeditado al cumplimiento de las condicionantes exigidas por el mismo y lo dispuesto en el Compendio Normativo aprobado por resolución de Directorio de 02 de setiembre de 2021 y modificativas. En caso de corresponder, se calculará en base al sueldo vigente al mes de diciembre del ejercicio en que se generó, imputándose las erogaciones al Grupo 0- Servicios Personales. Serán aplicables a la presente partida las reducciones establecidas en la reglamentación vigente.
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