Fecha de Publicación: 23/12/2025
Página: 5
Carilla: 5

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

Artículo 21

   ARTÍCULO 21 - Compensación Zonal - Las partidas por concepto de Compensación Zonal que figura en el Grupo 0 - Retribuciones de Servicios Personales - Subgrupo 04 - "Retribuciones Complementarias" - Objeto 042.033 "Compensación Zonal" creadas por Resolución de Directorio de 15 de enero de 1992 y modificativas se actualizarán en oportunidad de la aplicación del artículo 14° de las presentes normas, de acuerdo a la reglamentación vigente. 
Ayuda