Fecha de Publicación: 07/10/2019
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Carilla: 7

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

Artículo 36

   El pago anual de las autorizaciones de las Sucursales, Subagentes y Corredores autoriza a éstos para recibir apuestas exclusivamente para la Agencia que integran dentro del departamento. La Dirección Nacional de Loterías y Quinielas recibirá de las Bancas las solicitudes para la habilitación de los locales y otorgará su visto bueno si los mismos son adecuados para la finalidad a cumplir.
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