Fecha de Publicación: 09/01/2026
Página: 97
Carilla: 97

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

Artículo 40

   COMPENSACIÓN INSPECTORES PRESTACIONES. Facúltase al Banco de Previsión Social a establecer una compensación a los funcionarios que cumplen funciones de inspectores en la sección Inspecciones dependiente de la Dirección Técnica de Prestaciones u oficinas dependientes.

a) A Inspectores, de $ 22.233 (pesos veintidós mil doscientos treinta y
   tres) por mes por tareas externas. 
b) A Jefes y Gerente de Sector, de $ 31.686 (pesos treinta y un mil
   seiscientos ochenta y seis) por mes por la planificación de campo,
   selección de muestras y su consecuente reflejo en compromisos de
   resultados. 
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