PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE VIVIENDA Y ORDENAMIENTO TERRITORIAL
Artículo 14
TAREAS ASIGNADAS NO ASOCIADAS A CARGOS DE LA ESTRUCTURA DE LA AGENCIA NACIONAL DE VIVIENDA
Los funcionarios que tengan asignadas tareas asociables a un cargo de la estructura de la Agencia Nacional de Vivienda, pero que no resulten asociados a un cargo determinado en función de lo dispuesto por el artículo anterior, permanecerán en dicha situación hasta tanto ocurra alguna de las situaciones previstas en los artículos 11 y 12 o su cese o redistribución conforme con lo dispuesto en el artículo 32 de la Ley N° 18.125, de 27 de abril de 2007.
En aquellos casos de funcionarios del Sistema Escalafonario Ley N° 18.125, de 27 de abril de 2007 que venían desarrollando tareas diferentes a las del cargo y en situaciones en que fuera viable, se posibilitará la reconversión laboral a través de capacitación.