Fecha de Publicación: 12/01/2026
Página: 22
Carilla: 22

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE VIVIENDA Y ORDENAMIENTO TERRITORIAL

Artículo 27

   FUNCIONARIOS TITULADOS EN CARRERAS INFORMATICAS E INGENIEROS AGRIMENSORES 
   Se abonará a los funcionarios titulados en las carreras Ingeniero en Sistemas, Licenciado en Sistemas y Analista Programador o equivalentes, que exclusivamente desempeñen tareas inherentes a las mismas en la División Sistemas de Información o Auditoría Interna, así como Ingenieros Agrimensores; una partida equivalente a dos grados por encima del grado de ingreso correspondiente o el derivado de su movilidad horizontal siendo el tope máximo de remuneración el grado más alto de su subescalafón.
   Quedan excluidos de su percepción los funcionarios con cargo o asignación de funciones de Alta Conducción.
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