Fecha de Publicación: 25/06/2008
Página: 590-A
Carilla: 8

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 39

 La Dirección General de Casinos podrá proponer al Poder Ejecutivo
adecuaciones de los objetos del gasto de funcionamiento e inversiones
pudiéndolos ajustar en función de la variación del Indice General de
Precios al Consumo (I.P.C.) confeccionado por el Instituto Nacional de
Estadística y a la evolución del tipo de cambio respecto al dólar.
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