Fecha de Publicación: 02/08/2002
Página: 345-A
Carilla: 5

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 5

 Créase el Sistema de Remuneraciones (SR), cuyo objetivo es obtener 
información sobre las retribuciones percibidas por los recursos humanos 
que cumplen funciones en la Administración Central.

En el marco de sus competencias asignadas legalmente, la Contaduría 
General de la Nación (CGN), realizará todas las funciones inherentes a la 
administración y mantenimiento del mismo.
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