Fecha de Publicación: 04/10/2016
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PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DEL INTERIOR

Artículo 32

   El Departamento se integrará por las siguientes Secciones:
   a. Oficina de Trámites Administrativos. Tendrá a su cargo la tramitación y el control administrativo de la documentación que correspondan al Departamento.
   b. Oficina de Guardia. Tendrá como consigna brindar la Seguridad interna de las instalaciones de la Unidad, así como también el debido registro, control, custodia y conducción de todas las personas que resulten detenidas.
   c. Oficiales de Caso. Dirigirán y serán los referentes de cada una de las "Investigaciones", "Operaciones" o "Acciones" que se lleven a cabo en esta órbita.
   d. Equipos Operativos. Tendrán como Misión, operativizar las distintas actividades que deban ser ejecutadas en el terreno.
   e. Plantel de Canes Antidrogas. Tendrán a su cargo la capacitación del Personal Guía, y el adiestramiento de los canes utilizados para la Misión de brindar apoyo en las distintas actividades que se desarrollan por parte de la Unidad, tendientes a detectar la presencia de sustancias estupefacientes.
   Las actividades y tareas a cumplir por parte de cada una de las Secciones se establecerán y regularán en un marco de actuación.
   En dicho Protocolo estarán establecidos los aspectos a tener en cuenta en cada caso, fundados en base a la Legislación Vigente respecto a los Procedimientos Policiales, y también en la vasta experiencia de trabajo de Oficiales y Personal de esta Dirección General, en el combate al narcotráfico.
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