Fecha de Publicación: 04/10/2016
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Carilla: 5

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DEL INTERIOR

Artículo 57

   El Departamento de Enlace Exterior tiene naturaleza administrativa sin perjuicio de los apoyos operativos dispuestos para su personal en situaciones específicas demandantes de los cometidos estratégicos y tácticos propios de la misión de esta Dirección.
   Dentro del organigrama estructural de la Unidad, el Departamento de Enlace Exterior dependerá orgánicamente del Coordinador Ejecutivo de la D.G.R.T.I.D.
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