Fecha de Publicación: 06/06/1978
Página: 527-A
Carilla: 3

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 9

  El becario deberá dejar sentado en declaración jurada si posee o no 
pasaporte común. A su retorno deberá entregar el pasaporte especial a las 
autoridades nacionales pertinentes.
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