Decreto 293/987
Se fijan las tarifas para los análisis que realiza la Dirección de Laboratorios de Análisis de la Dirección General de Servicios
Agronómicos.
Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca.
Montevideo, 17 de junio de 1987.
Visto: la gestión promovida por la Dirección General de Servicios
Agronómicos del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca, proponiendo
la modificación de las tarifas de análisis que realiza la Dirección de
Laboratorios de Análisis.
Resultando: I) Por decreto 726/986, de 12 de noviembre de 1986, se
fijaron las tarifas para los análisis que realiza la Dirección de
Laboratorios de Análisis;
II) En razón del tiempo transcurrido desde la fijación de las tarifas
vigentes y ante las modificaciones muy significativas que han ocurrido en
los insumos fundamentalmente que integran todos los procesos analíticos,
la mencionada Dirección considera necesario hacer una revisión y ajuste
de las mismas;
III) En la proposición de la Dirección de Laboratorios de Análisis,
que integra la gestión, se expresa que como factor unificador para la
adecuación de las tarifas, en consideración a que el material es
totalmente importado, se tomó la variación del tipo de cambio desde la
vigencia de la anterior tarifa, hasta la proposición de éstas;
IV) Se recabó la opinión de la Dirección Administración Financiera y
de la Dirección de Asesoramiento Legal del Ministerio de Ganadería,
Agricultura y Pesca;
Considerando: Conveniente proveer en la forma aconsejada por la
Dirección General de Servicios Agronómicos, en razón de los informes
favorables proporcionados en estos antecedentes;
Atento: a lo preceptuado en el proyecto de Ley de Contabilidad y
Administración Financiera puesto en vigencia, para todos los Organismos
del Estado, a partir del 1º de enero de 1968 por el decreto 104/968, de 6
de febrero de 1968, en base a lo preceptuado por el artículo 512 de la
ley 13.640, de 26 de diciembre de 1967 (Presupuesto Nacional de Sueldos,
Gastos e Inversiones).
El Presidente de la República
DECRETA:
Artículo 1
Fíjanse las siguientes tarifas para los análisis que realiza la Dirección de Laboratorio de Análisis de la Dirección General de
Servicios Agronómicos del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca:
N$
I) División Plaguicidas
Análisis de Plaguicidas 4.200,00
II) División Raciones
a) solicitud de Registro de alimentos balanceados
y de materias primas 3.750,00
b) solicitud de renovación de Registro balanceados
y materias primas 3.000,00
c) Análisis completo (humedad, extracto etéreo,
calcio, proteína fibra ceniza y fósforo) 5.250,00
d) Análisis por separado de:
humedad ............................. 1.000,00
ceniza .............................. 1.000,00
calcio .............................. 1.000,00
fósforo ............................. 1.000,00
magnesio ............................ 1.050,00
manganeso ........................... 1.000,00
proteína (N x f) .................... 1.750,00
extracto al éter .................... 2.050,00
fibra: .............................. 1.750,00
acidez: ............................. 1.450,00
determinación de urea: .............. 1.450,00
índice de peróxido .................. 2.050,00
insolubles al ácido clorhídrico ..... 1.050,00
índice de actividad ereásica: ....... 1.450,00
análisis microscópico ............... 1.750,00
determinación de cloruros: ..........
determinación de cloruros: .......... 1.050,00
otros minerales: .................... 1.050,00
aminoácidograma: .................... 9.700,00
aminoácidos puros: .................. 6.450,00
ácidos grasos: ...................... 9.700,00
vitaminas puras: .................... 6.450,00
vitaminas premezclas: ............... 9.700,00
otras determinaciones: .............. 4.300,00
aflatoxinas: ........................ 5.500,00
III) División Semillas:
a) Análisis de Calidad
N$
poder germinativo: ............. 1.000,00
pureza: ........................ 1.050,00
pureza en semillas sin maquinar 1.450,00
determinación de cuscuta: ...... 1.050,00
determinación de cuscuta en
semillas sin maquinar: ......... 1.600,00
determinación de otras semillas (en Nº) 1.050,00
humedad: ....................... 1.000,00
ensayo de viabilidad (método tetrazolium) 2.800,00
diferencia entre Loiem multiflorum y
L.perenne: ..................... 1.750,00
peso de 1.000 (mil) semillas: .. 300,00
b) Granos y Oleaginosos
Análisis de calidad comercial
N$
pureza: ..................... 1.050,00
peso hectolítrico: .......... 700,00
humedad brown-duvel: ........ 1.050,00
humedad por estufa: ......... 1.000,00
humedad por otros métodos: .. 700,00
peso de 1.000 (mil) granos: . 300,00
otras determinaciones: ...... 1.750,00
c) Extracción oficial de muestras
extracción de muestras, por lote: 1.750,00
IV) División Vinos: N$
alcohol: ............................... 1.050,00
extracto seco: ......................... 1.050,00
azúcares reductores .................... 1.050,00
acidez total: .......................... 700,00
acicez volátil: ........................ 1.000,00
sulfuroso total: ....................... 1.000,00
sulfuroso total y libre: ............... 1.050,00
cenizas: ............................... 1.000,00
cenizas y alcalinidad: ................. 1.050,00
sulfatos: .............................. 1.050,00
cloruros: .............................. 1.050,00
polialcoholes: ......................... 1.750,00
ácido tartárico total: ................. 1.300,00
ácido tartárico libre: ................. 1.300,00
pH: .................................... 700,00
análisis cualitativo de híbridos productores
directos ............................... 1.750,00
materias colorantes extrañas: .......... 1.450,00
ferrocianuro de potasio (tratamiento
desmetalizado): ........................ 1.750,00
humedad en orujo y borra: .............. 1.000,00
peritaje orujo: ........................ 2.800,00
peritaje borra: ........................ 2.800,00