Fecha de Publicación: 21/11/2024
Página: 4
Carilla: 4

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

                               Decreto 295/024

Incorpórase al Anexo del Decreto 38/017, de fecha 13 de febrero de 2017, el ítem arancelario 1701.14.00.00.
(5.608*R)

MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
 MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
  MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA
   MINISTERIO DE GANADERÍA, AGRICULTURA Y PESCA

                                       Montevideo, 11 de Noviembre de 2024

   VISTO: el Decreto N° 38/017, de 13 de febrero de 2017;

   RESULTANDO: I) que el Decreto N° 78/003, de 27 de febrero de 2003, dispuso que los contribuyentes del Impuesto a las Rentas de la Industria y Comercio, que realicen actividad industrial, podrán abonar con cheques de pago diferido, el anticipo del Impuesto al Valor Agregado establecido por el artículo 115 del Decreto N° 220/998, de 12 de agosto de 1998, en redacción dada por el Decreto N° 323/002, de 21 de agosto de 2002, correspondiente a la importación de materias primas que tengan por destino exclusivo la incorporación a su ciclo productivo;

   II) que dicho beneficio será aplicable a las importaciones de materias primas de acuerdo al Anexo del Decreto N° 78/003, de 27 de febrero de 2003, sustituido por el Decreto N° 38/017, de 13 de febrero de 2017 y modificativos;

   CONSIDERANDO: la necesidad de ajustar los ítems arancelarios que disponen del beneficio de abonar con cheque de pago diferido;

   ATENTO: a lo precedentemente expuesto;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

   Incorpórese al Anexo del Decreto N° 38/017, de 13 de febrero de 2017 el ítem arancelario 1701.14.00.00

Artículo 2

   Comuníquese y archívese.

   LACALLE POU LUIS; AZUCENA ARBELECHE; OMAR PAGANINI; ELISA FACIO; JUAN BUFFA.
Ayuda