Fecha de Publicación: 13/01/2026
Página: 6
Carilla: 6

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

Artículo 8

   GRUPO SUPERVISIÓN. El personal que ocupe cargos de Jefatura percibirá una remuneración mensual de acuerdo a los grados de la Escala Patrón Única que se indican:

DENOMINACIÓN DEL CARGO
ESCALA PATRÓN ÚNICA GRADO DEL CARGO
Jefatura de Unidad II
50
Jefatura de Unidad I
54
Jefatura de Departamento II
54
Jefatura de Departamento I
56
Quienes ocupen cargos de nivel gerencial, percibirán una remuneración mensual de acuerdo a los grados de la Escala Patrón Única que se indican:
DENOMINACIÓN DEL CARGO
ESCALA PATRÓN ÚNICA GRADO DEL CARGO
Intendencia de Supervisión Financiera
62
Intendencia de Regulación Financiera
62
Gerencia de Área I
60
Gerencia de Área II
58
El personal que ocupe la titularidad de las siguientes líneas y asesoría que reportan a Directorio, percibirá una remuneración mensual de acuerdo a los grados de la Escala Patrón Única que se indican:
DENOMINACIÓN DEL CARGO
ESCALA PATRÓN ÚNICA GRADO DEL CARGO
Superintendencia de Servicios Financieros
65
Secretaría General 
65
Gerencia de Política Económica y Mercados 
65
Gerencia de Servicios Institucionales
65
Asesor de Directorio
65
Auditoría Interna
64
Gerencia de Asesoría Económica
64
Gerencia de Asesoría Jurídica
64
Gerencia de Planificación y Gestión Estratégica
64
Gerencia de Sistema de Pagos
64
Los funcionarios que ocupen la titularidad de los cargos de Gerente de Área I Política Monetaria y Gerente de Área I Gestión de Activos y Pasivos percibirán una remuneración mensual equivalente al grado 62 de la Escala Patrón Única, durante el período en que reporten en forma directa a Directorio con un máximo de 180 días.
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