La Sub Dirección será ejercida por un oficial que posea como mínimo el grado de Comisario Mayor del subescalafón ejecutivo en situación de actividad. Tendrá los siguientes cometidos:
a) Ejercer el mando inmediato de las dependencias de la Dirección, en ausencia o imposibilidad física del Director.
b) Ejercer el contralor del cumplimiento y ejecución de las órdenes y directivas del presente reglamento.
c) Complementar al Director en sus propios cometidos, presentándole sugerencias que estime convenientes para el mejor funcionamiento del servicio.
d) Desempeñar toda otra función o comisión que le asigne el Director.
e) Presidir la Junta de Calificaciones del personal de la escala básica de la Dirección General.
f) Ejercer el control de la actividad administrativa y ejecutiva de la unidad, sin perjuicio de otras tareas que el Director le ordene.
DEPARTAMENTO DE ANALISÍS Y REGISTRO DE LA
INFORMACIÓN (D.A.R.I.)