Fecha de Publicación: 04/10/2016
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Carilla: 30

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DEL INTERIOR

Artículo 36

   El Departamento de Investigación de Delitos Especiales (D.I.D.E.) tendrá Secciones Especializadas:
   a) Sección Registro y Búsqueda de Personas Ausentes.
   b) Las que se establezcan de acuerdo a la normativa vigente
   c) Estas secciones cumplirán funciones de apoyo o auxiliares en las materias de su especialidad.
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