Fecha de Publicación: 04/10/2016
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PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DEL INTERIOR

Artículo 7

   (Funciones y deberes del Director General) El Director General de Información e Inteligencia tendrá las siguientes funciones y deberes:
   a- Asesorar al Ministro del Interior en materia de Información, Inteligencia o Contrainteligencia.
   b- Tomar a su cargo la planificación y funcionamiento de esta Dirección General en todo el territorio nacional.
   c- Controlar las actividades de investigación y procedimientos que se realicen.
   d- Propiciar la capacitación necesaria para la eficiencia y seguridad de su personal.
   e- Exigir a sus subordinados la más estricta reserva en los procedimientos y actuaciones adoptando las medidas correspondientes en caso de incumplimiento.
   f- Organizar conferencias, congresos y eventos similares, de interés para el servicio.
   g- Mantener enlace con los directores de servicios públicos análogos, Poder Judicial, Ministerio Público y Fiscal, con organismos de inteligencia del exterior y otros cuya función favorezca el eficaz y eficiente cumplimiento de la misión. 
   h- Proyectar Reglamentos internos que serán sometidos a la aprobación del Ministerio del Interior.-
   i- Recibir el asesoramiento de la Oficina Técnica Estratégica y Mesa de Análisis de Inteligencia, sobre las tareas encomendadas.
   j- Tendrá a su cargo directo la Ayudantía, Secretaria General, Asesoría Técnica y de Asuntos Disciplinarios, Oficina Técnica Estratégica y Mesa de Análisis de Inteligencia.
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