MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
Fe de erratas publicada/s: 04/03/1997.
Autorízase al Banco Central del Uruguay, en el ámbito de la Gerencia del Mercado de Valores, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 20 y siguientes de la Ley No. 16.749 de 30 de mayo de 1996, a transformar un cargo de Gerente de Area II, GEPU 58, en un cargo de Gerente de Area I, GEPU 60.Ayuda