Fecha de Publicación: 25/02/1997
Página: 1136-A
Carilla: 2

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Fe de erratas publicada/s: 04/03/1997.

Artículo 9

   El personal del Nivel Gerencial, percibirá una remuneración mensual de acuerdo a los grados de la Escala Patrón Unica que se indican.

 DENOMINACION DEL CARGO                       GRADO E.P.U.
 Gerente de Area II                                58
 Gerente de Area I                                 60
 Contador General                                  60
  Asesor de la división
 Política Económica (*)                            62
 Sub. Gerente División Operaciones (*)             62
 Asesor del Servicio de Administración
 de Patrimonios Bancarios (*)                      62
 Director del Servicio Control del
 Mercado de Valores (*)                            64
 Intendente                                        64
 Auditor Interno- Inspector General                64
 Gerente de División                               64
 Secretario General                                65
 Superintendente                                   65
 Gerente General                                   65
             (*) Se suprimen al vacar
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