PODER EJECUTIVO MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
Sujetos pasivos que hubieran sido objeto de retención.- Los sujetos pasivos que hubieran sido objeto de retención, deberán presentar declaración jurada si tuvieran otros bienes gravados además de los que dieron motivo a la retención. En tal caso, deducirán del impuesto resultante el impuesto que se le hubiera retenido.Ayuda