Fecha de Publicación: 29/01/2015
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Carilla: 6

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

Artículo 41

   Zonas Francas.- Las exoneraciones del impuesto consagradas en la Ley N° 15.921 de 17 de diciembre de 1987, se regirán por lo dispuesto en los artículos 39 y 40 del Decreto N° 454/988 de 8 de julio de 1988.
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