Fecha de Publicación: 26/07/1990
Página: 247-A
Carilla: 3

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 10

   Fíjanse para los vehículos de dos ruedas ensamblados en el país, los
precios fictos, tasas e impuestos que a continuación se detallan, para la
liquidación del Impuesto Específico Interno correspondiente al semestre
julio- diciembre de 1990.

Vehículo                        Impuesto               Adicional

                       Ficto      Tasa    Importe    Tasa    Importe
                                  %        N$        %        N$

A) Ciclomotores

 Hasta 50cc.          1.035.251     2       20.705     20     4.141 

B) Demás

 Hasta 50cc.          1.514.177     2       30.284     20      6.057 

De 124 y 125 cc.      1.711.975    12      205.437     20     41.087
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