Fecha de Publicación: 07/07/1994
Página: 26-A
Carilla: 2

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 30

   (Derogaciones). Deróganse los Decretos 9/970 de 2 de enero de 1970,
127/970 de 10 de marzo de 1970, 150/977 de 15 de marzo de 1977, 266/977
de 13 de mayo de 1977 y 413/977 de 25 de julio de 1977 y todas las
disposiciones que se opongan al presente decreto.

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