Decreto 303/975
Se fijan tarifas para la venta de plantas forestales y certificación de análisis de maderas, por parte de la Dirección Forestal, Parques y Fauna.
AÑO DE LA ORIENTALIDAD
Ministerio de Agricultura y Pesca.
Montevideo, 15 de abril de 1975.
Visto: la gestión formulada por la Dirección Forestal, Parques y Fauna,
solicitando la actualización de las tarifas para algunos de los productos
que expende.
Resultando: I) Por decreto 884/974, del 7 de noviembre de 1974, se
fijaron tarifas para venta, por parte de la Dirección de referencia de
maderas, plantas y semillas forestales;
II) En la precedente gestión la referida repartición solicita la
actualización de las tarifas para la venta de plantas forestales y
certificación de análisis de maderas, de acuerdo a los nuevos costos de
mano de obra, combustibles, fletes, quedando para más adelante la revisión
de la tarifa por venta de madera y semillas;
III) Se recabó el informe de la Dirección de Administración Financiera
del Ministerio de Agricultura y Pesca, la cual se expidió en forma
favorable.
Considerando: conveniente, dado la información producida, proveer en la
forma solicitada por la Dirección Forestal, Parques y Fauna.
Atento: a lo que señala el artículo 20 del Proyecto de Ley de
Contabilidad y Administración Financiera puesto en vigencia, para todos
los organismos del Estado, a partir del 1º de enero de 1968, por el
decreto 104/968, del 6 de febrero de 1968, en base a lo preceptuado por el
artículo 512 de la ley 13.640, del 26 de diciembre de 1967 (Presupuesto
Nacional de Sueldos, Gastos e Inversiones).
El Presidente de la República
DECRETA: