Fecha de Publicación: 02/09/1997
Página: 858-A
Carilla: 10

MINISTERIO DE GANADERIA, AGRICULTURA Y PESCA

Fe de erratas publicada/s: 09/09/1997.

Artículo 17

Compensación Secretarías Directores: a las Secretarías de cada Director 
se le asignará una partida mensual de $ 5.859,00 en carácter de viático,
reajustable con el I.P.C. cada cuatro meses (mes base 100, dic./93)
a efectos de solventar los gastos derivados de atención y representación
que el desempeño de dichas tareas implica, y serán distribuidas por cada
Director en los porcentajes que estime conventiente para cada uno de los
funcionarios que tenga a su disposición, presentando los recibos
pertinentes al Area de Administración Financiera previo a la liquidación
de la partida subsiguiente.
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