Facúltese al Organismo a ampliar el crédito presupuestal de los rubros 0
"Retribuciones de Servicios Personales", 1 "Cargas Legales sobre
Servicios Personales" y 7 "Subsidios y Otras Transferencias" para financiar la incorporación de aquellos funcionarios destituídos y que
sean reintegrados a sus funciones al amparo de las Leyes Nos. 15.737 y 15.783 de fechas 8 de marzo y 28 de noviembre de 1985 respectivamente y demás disposiciones legales y reglamentarias aplicables, dando conocimiento a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y al Tribunal de Cuentas.