Fecha de Publicación: 20/09/2005
Página: 490-A
Carilla: 6

MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

Decreto 303/005

Fíjase el valor de los coeficientes "alfa" y "beta" previstos en el
numeral 4.13 del Régimen de Gestión Integral del Aeropuerto Internacional
de Carrasco "Cesáreo L. Berisso".
(1.777*R)

MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
 MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
  MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PUBLICAS

                                       Montevideo, 13 de Setiembre de 2005

VISTO: La gestión promovida por la Unidad de Control de Gestión Integral
de Aeropuertos y Concesiones Aeroportuarias por la cual da cuenta de la
solicitud presentada por parte de "Puerta del Sur S.A." (Contratista del
Aeropuerto Internacional de Carrasco "Gral. Cesáreo L. Berisso"),
relativa a la aprobación de los coeficientes "a" y "b" a que refiere el
punto 4.13 del Régimen de Gestión Integral del A.I.C., a fin de obtener
el Idice Global (IG) y proceder a la actualización de los precios del
Anexo F, canon mínimo y unidad de trabajo previstos en dicho Régimen.

RESULTANDO: I) que el punto 4.13 del Régimen de Gestión Integral,
aprobado por el Decreto 376/002 de 28 de setiembre de 2002, establece, a
fin de actualizar los valores monetarios, que en un plazo máximo de 180
días desde la toma de posesión, el contratista presentará para su
aprobación una propuesta para los coeficientes " a" y "b", que
corresponden a los costos locales y costos externos de acuerdo con su
estructura global de costos, quedando facultado el Poder Ejecutivo para
autorizar anualmente la actualización de los precios del Anexo F y del
canon previsto en el punto 4.7 del citado Régimen sobre la base del
Indice Global calculado a partir de los referidos coeficientes.

II) que con fecha 20 de mayo de 2004, la empresa Puerta del Sur S.A.
presentó ante la Unidad de Control de Gestión Integral de Aeropuertos y
Concesiones Aeroportuarias dependiente del Ministerio de Defensa
Nacional, creada por el Decreto 376/002 mencionado, su propuesta de
fijación de los coeficientes referidos anteriormente, cuyos valores son
para "a": 0.4418 y para "b": 0.5582, los cuales responden a la estructura
de costos del proyecto contenido en la oferta económica presentada por la
empresa en la subasta pública.

III) que con fecha 23 de diciembre de 2004, la empresa "Puerta del Sur
S.A." solicita que se establezca el nuevo valor actualizado del Indice,
Global atento a que ya había determinado los coeficientes "a" y "b", los
cuales incluidos en la fórmula aprobada en el numeral 4.13 del Régimen de
Gestión Integral del A.I.C. referido, debe fijarse en 1,0473.

IV) que se ha expedido la Unidad de Control de Gestión Integral de
Aeropuertos y Concesiones Aeroportuarias en relación a la propuesta
presentada, en el sentido de no formular observaciones en cuanto a la
fijación de los coeficientes ni al Indice Global determinado, estimando
que corresponde proceder a la aprobación de los mismos.

CONSIDERANDO: I) que acorde a lo informado por la citada Unidad de
Control, cabe concluir que la propuesta de fijación de los citados
coeficientes no merece ninguna observación desde el punto de vista
económico financiero, por lo que, al haberse presentado en tiempo y forma
por parte del contratista, corresponde proceder a su aprobación.

II) que en atención a la facultad prevista en el punto 4.13 del Régimen
de Gestión Integral, se estima oportuno proceder a la actualización del
Indice Global (IG), procediendo a actualizar los precios previstos en el
Anexo F, así como el valor del canon mínimo previsto por el numeral 4.7
del referido Régimen, los que entrarán en vigencia a los 30 días contados
a partir de la fecha del presente acto administrativo.

ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo informado por parte de la
Unidad de Control de Gestión Integral de Aeropuertos y Concesiones
Aeroportuarias y a lo dictaminado por la Asesoría Letrada del Ministerio
de Defensa Nacional.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

 Fíjase el valor de los coeficientes "alfa" y "ß" previstos en el numeral
4.13 del Régimen de Gestión Integral del Aeropuerto Internacional de
Carrasco "Cesáreo L. Berisso" aprobado por el Decreto 376/002 de 28 de
setiembre de 2002, en 0.4418 % y 0.5582 % respectivamente,
estableciéndose el valor del Indice Global (IG) en 1,0473.

Artículo 2

 Establécese que los nuevos valores de los precios previstos en el Anexo
F "Cuadro de Precios" del Régimen de Gestión Integral de Aeropuerto
Internacional de Carrasco "Cesáreo L. Berisso", calculados por la
aplicación del Indice Global fijado por el numeral anterior, de acuerdo
con el cuadro de precios que se anexa al presente Decreto y que se
considera parte integrante del mismo, entrarán en vigencia a los 30 días
contados a partir de la fecha del presente acto administrativo.

Artículo 3

 Comuníquese y pase a la Unidad de Control de Gestión Integral de
Aeropuertos y Concesiones Aeroportuarias para la notificación al
interesado. Cumplido, publíquese y archívese.
RODOLFO NIN NOVOA, Vicepresidente de la República en ejercicio de la
Presidencia; JORGE BROVETTO; DANILO ASTORI; VICTOR ROSSI.

                                 ANEXO

                    CUADRO DE PRECIOS ACTUALIZADOS

ANEXO F. CUADRO DE PRECIOS

PRECIO POR ATERRIZAJE (en U$S)

Peso de la aeronave en toneladas

Hasta 10                30,00     1,0473       31,42
Más de 10 hasta 20     153,00     1,0473      160,24
Más de 20 hasta 30     191,00     1,0473      200,03
Más de 30 hasta 70     286,00     1,0473      299,53
Más de 70 hasta 170    404,00     1,0473      423,11
Más de 170             550,00     1,0473      576,02

PRECIO POR SERVICIO DE EMBARQUE (en U$S)

Pasajeros de Puente Aéreo     13     1,0473     14
Pasajeros Internacionales     25     1,0473     26

PRECIOS A LA CARGA (en U$S)
1. CARGA DE IMPORTACION, TRANSITO Y ADMISION TEMPORARIA:

1.1 Cargo fijo por cada documento (guía)

1 a 5 días        4,50     1,0473     4,71
6 en adelante     7,00     1,0473     7,33

1.2 Cargo variable por peso y permanencia

1 a 300 Kgs. (x Kg. y x día)     0,01     1,0473     0,010
Más de 300 Kgs.
(x Kg. y x día)                 0,014     1,0473     0,015

2. CARGA DE EXPORTACION POR PALETIZAJE Y CONTENERIZACION

Hasta 50 Kgs.               5,00     1,0473      5,24
Más de 50 Kgs. hasta
100 Kgs.                    6,00     1,0473      6,28
Más de 100 Kgs. (x Kg)     0,036     1,0473     0,038

TRASLADO Y ALMACENAMIENTO DE CONTENEDORES

Traslado a depósito          1,00     1,0473     1,05
Cust. contenedor (x día)     1,00     1,0473     1,05

   PRECIOS POR REGIMEN DE LIBRE PRESTACION DE SERVICIOS DE ATENCION EN
 TIERRA A AERONAVES, A COBRARSE A QUIENES PRESTEN DICHO SERVICIO (en U$S)

A) Por servicios prestados a aeronaves de transporte de pasajeros o
pasajeros y carga
Aeronaves               Trans     Term.                Trans     Term.
Hasta 10 asientos        3,00      5,00     1,0473      3,14      5,24
De 11 a 30 asientos      9,00     13,50     1,0473      9,43     14,14
De 31 a 90 asientos     18,00     22,50     1,0473     18,85     23,56
De 91 a 150 asientos    27,00     36,00     1,0473     28,28     37,70
De 151 a 250 asientos   54,00     72,00     1,0473     56,55     75,41
De 251 as. en adelante  81,00     90,00     1,0473     84,83     94,26

B) Por servicios prestados a aeronaves de carga pura

Aeronaves                Trans      Term.                 Trans     Term.
Hasta peso máximo de      5,00      10,00      1,0473      5,24     10,47
despegue de 5700 Kg
Hasta tipo  B-737,       36,00      40,50      1,0473     37,70     42,42
B-727 o similar
B-767, DC-8 o similar    45,00      54,00      1,0473     47,13     56,55
DC-10, MD-11, B-747,     60,50      81,00      1,0473     63,36     84,83
A-340  o similar

4.7 CANON
CANON MINIMO        2.500.000      1,0473      2.618.250
UNIDAD DE TRABAJO        2,30      1,0473           2,41


		
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