Fecha de Publicación: 30/09/2013
Página: 4
Carilla: 4

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

Artículo 107

 Cuando el corrimiento en la escala patrón única aplicada hasta el 31 de
diciembre de 2013 sea de medio grado o menor, se podrá mantener como un
escalón en la escala de corrimiento vigente a partir del 1° de enero de
2014.
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