El personal de OCTAVA categoría, percibirá remuneración mensual con
ajuste a los grados que se indican de la Escala Patrón Única:
ESCALA 5
GRADO EN LA ESCALA DEL CARGO GRADO ESCALA PATRÓN ÚNICA
Ingreso 15
1 16
2 17
3 18
4 19
5 20
6 21
7 22
8 23
9 24
10 25
La escala precedente, cuando corresponda, se aplicará a aquellos
funcionarios cuya fecha de corrimiento por la escala de antigüedad se
encuentre dentro del período 24/5/2013 al 31/12/2013 inclusive.