Fecha de Publicación: 30/09/2013
Página: 4
Carilla: 4

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

Artículo 42

ARTICULO 42°- Funcionarios ingresados a la clase Técnico con posterioridad
al 13/1/1993.

A) Profesiones Universitarias de cursos superiores, vinculadas
directamente a la actividad del Banco.

CATEGORIA                               ESCALA       GRADO ESCALA
                                                     PATRÓN ÚNICA

CATEGORÍA PROFESIONAL "B"
Cargos: Abogado, Escribano y Contador   10           46
CATEGORÍA SEGUNDO JEFE PROFESIONAL
Cargo: Abogado Asesor                   12           55

B) Profesiones Universitarias de cursos superiores, no vinculadas
directamente a la actividad del Banco.

CATEGORIA                               ESCALA       GRADO ESCALA
                                                     PATRÓN ÚNICA
CATEGORÍA PROFESIONAL "B"
Cargos: Ingeniero Agrónomo Zonal,
Ingeniero de Sistemas o Ingeniero en
Informática, Ingeniero Industrial,
Médico Veterinario, Odontólogo e
Inspector Controlador Comercio
Exterior.                               72           45
Ayuda