Fecha de Publicación: 30/09/2013
Página: 4
Carilla: 4

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

Artículo 66

 Las categorías pertenecientes al escalafón Técnico Profesional regirán
sus remuneraciones por la siguiente escala:

                        ESCALA
             ESCALAFON TECNICO PROFESIONAL
                         NIVEL RETRIBUTIVO
CATEGORIA               ESCALA PATRON UNICA
Gerente 1                        55
Gerente 2                        50
Gerente 3                        46
Ejecutivo 1                      41
Ejecutivo 2                      36
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