COMPLEMENTO ESPECIAL POR DEDICACIÓN TOTAL. La retribución por este
concepto corresponde exclusivamente a la dedicación especial en los cargos
de Gerente General y Secretario General de la Institución, atento a las
particulares características de los mismos y se establece en un 18% sobre
el sueldo básico.
El otorgamiento de la misma requerirá resolución fundada de Directorio,
atendiendo a las necesidades del servicio.