Fecha de Publicación: 10/08/1987
Página: 342-A
Carilla: 2

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 4

   Fíjanse para los cigarrillos importados incluidos en el régimen del
decreto 62/987 de 30 de enero de 1987, el precio ficto, tasa e impuesto
que se detallan a continuación, a efectos de la liquidación del Impuesto
Específico Interno correspondiente al semestre julio-diciembre de 1987:

          Ficto          Tasa      Impuesto
           N$             %           N$

          210,00          30         63,00
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