Prescripción. Las infracciones muy graves prescribirán a los 3 (tres) años, las graves a los 2 (dos) años y las leves a los 6 (seis) meses desde que se cometieron. El derecho al cobro de las multas caducará a los 2 (dos) años contados a partir del dictado de la resolución correspondiente. Se entiende por resolución correspondiente aquella que ha sido consentida tácitamente al no presentarse recursos administrativos en plazo, o el acto que resuelve el último de los recursos administrativos interpuestos (acto definitivo).