Fecha de Publicación: 13/06/1978
Página: 590-A
Carilla: 2

MINISTERIO DEL INTERIOR

Artículo 15

   La nota mínima de aprobación del Concurso será de 5.000 (RB) y la
misma surgirá del promedio de todas las asignaturas que comprenden el
curriculum de cada jerarquía. El concursante que no obtenga como mínimo
dicha nota promedio será reprobado, debiendo en la próxima oportunidad que
concurse repetirlo totalmente.
   Una vez recabados los antedichos promedios de cada jerarquía, la Escuela Nacional de Policía comunicará los mismos a las dependencias del artículo 9º de la Ley Orgánica Policial donde pertenezcan los funcionarios.
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