Fecha de Publicación: 13/06/1978
Página: 590-A
Carilla: 2

MINISTERIO DEL INTERIOR

Artículo 18

   En caso de ser sorprendido un alumno copiando, o realizando alguna
maniobra fraudulenta como puede ser, la posesión de textos, apuntes,
grabados, etc., destinados a su utilización maliciosa y
antirreglamentaria, se le aplicará además de la sanción disciplinaria que
corresponda, la eliminación del concurso, no pudiendo presentarse a otro
hasta el próximo período lectivo.
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