Fecha de Publicación: 13/06/1978
Página: 590-A
Carilla: 2

MINISTERIO DEL INTERIOR

Artículo 9

   El Ministerio del Interior dará a conocimiento, con suficiente antelación, los programas que para los distintos concursos confeccione la Dirección de la Escuela Nacional de Policía.
Ayuda