Fecha de Publicación: 27/10/1982
Página: 115-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 8

          La apertura de las Inversiones a nivel de Programas,
Proyectos y Rubros deberá ajustarse a lo dispuesto por el decreto del
Poder Ejecutivo 10/982, de 15 de enero de 1982.
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