Fecha de Publicación: 13/07/1994
Página: 63-A
Carilla: 3

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 11

   (Competencias de la Secretaría Permanente) Corresponde a la
Secretaría Permanente, asegurar la continuidad de las actividades de la
Comisión Técnica Asesora de Ordenamiento Territorial. A tales efectos,
preparará las sesiones del Plenario y del Comité Coordinador, ejecutará
las decisiones de los mismos y específicamente deberá:
   a) recepcioanr las solicitudes de sesión extraordinaria del Plenario
y los temas específicos a ser considerados por el Comité Coordinador;
   b) elaborar el orden del día del Plenario, con las propuestas del
Presidente y de sus miembros;
   c) efectuar las citaciones que correspondieren; y
   d) elaborar los planes de actividades y la memoria anual de la
Comisión Técnica Asesora de Ordenamiento Territorial.

                             Capítulo V
 
                        Disposiciones Generales
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