Fecha de Publicación: 13/07/1994
Página: 63-A
Carilla: 3

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 13

   (Carácter honorario). La participación en la Comisión Técnica Asesora
de Ordenamiento Territorial, de los delegados mencionados en los 
artículos 4° y 7°, no será remunerada por el Ministerio de Vivienda, 
Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente; correspondiendo a cada uno de 
los organismos y las instituciones representadas, solventar los gastos 
que pudieran corresponder al representante.
Ayuda